Los profesores que hayan sido destituidos por hostigamiento sexual no podrán volver a desempeñar ninguna labor o cargo de las áreas de desempeño laboral docente.
De acuerdo a la Ley 30903 publicada por el Congreso de la República
en el diario oficial El Peruano se modifica el artículo 52 la Ley 29944,
Ley de Reforma Magisterial, para incorporar la sanción de inhabilitación permanente por hostigamiento sexual de estos profesores.
La norma lleva las rúbricas del presidente de la Republica, Martín
Vizcarra, y del titular del Consejo de Ministros, César Villanueva.
Cabe recordar que esta incorporación a la Ley de Reforma Magisterial fue aprobada por el Congreso de la República el pasado 21 de noviembre.
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