La norma busca garantizar que los niños y niñas inicien primer grado en mejores condiciones madurativas para enfrentar los retos que demandan los aprendizajes.
La matrícula en educación inicial, sea en las instituciones educativas y/o programas no escolarizados, se realizará de acuerdo a la edad cronológica de los niños y niñas, considerando los años cumplidos hasta el 31 de marzo. Es decir, si un niño cumple 4 años el 5 de abril, deberá ser matriculado en el aula de 3 años y no en el aula de 4 años, recordó hoy la directora de Educación Inicial del MINEDU, Vanetty Molinero Nano.
Molinero Nano, expresó que la Resolución Ministerial Nº 348 – 2010 – ED, publicada el 26 de noviembre del 2010, que aprueba la Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2011, en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular y Técnico Productiva, señala que: “la matrícula para niños de 0 a 2 años sea en una Cuna, Cuna– Jardín o Programa No Escolarizado, se realiza de acuerdo a la edad cronológica, según los años cumplidos hasta el 31 de marzo.” Es decir, se está dando un margen de 31 días, al inicio de clases, para cumplir la edad cronológica que corresponde al aula del nivel inicial y del primer grado de primaria.
Respeto al proceso de desarrollo
Vanetty Molinero, argumentó que la norma constituye un gran avance y se sostiene en fundamentos teóricos, sobre el desarrollo infantil y busca garantizar que los niños y niñas puedan iniciar el primer grado en mejores condiciones madurativas, para enfrentar los retos que demandan los aprendizajes correspondientes a ese grado. Asimismo, precisó que es importante que los niños y niñas tengan derecho a tener y vivir su infancia, por lo que la educación inicial tiene que centrarse en el juego, permitiendo que niños y niñas disfruten del aprendizaje, desarrollen su seguridad personal, su capacidad de pensar con lógica propia y comunicarse, así como su iniciativa y autonomía.
Alertó a los padres de familia y docentes que al adelantar los procesos de aprendizaje, los niños y niñas aumentan también sus posibilidades de fracasar en el logro de estos, generándoles frustración y haciendo que pierdan el interés por la escuela. Señaló que los padres de familia y directores de las instituciones educativas, tienen el deber de salvaguardar el respeto a los procesos de desarrollo de los niños y niñas. En ese sentido, mencionó que quizás haya niños y niñas que al llegar a primer grado puedan adaptarse aún cuando no tienen la edad normativa, pero que esto supone para los estudiantes altos costos emocionales, y es justamente lo que la norma busca evitar.
Molinero, mencionó que “Actualmente existen casos de instituciones educativas con niños y niñas de 2, 3, 4 y 5 años, que durante el 2010 fueron recibidos como alumnos libres en aulas que no correspondían a su edad, haciéndoles creer a los padres de familia que asistiendo en esa condición y presentando posteriormente sus solicitudes a las UGEL y al Ministerio de Educación, se regularizaría su matrícula y accederían a un código de estudiante. Las instituciones educativas que han propiciado y fomentado esta situación han incurrido en una infracción grave”
¿Cuál es la excepcionalidad?
La funcionaria precisó también que la norma que amparaba la excepcionalidad para el proceso de matrícula de los niños de educación inicial para el desarrollo del año escolar 2010 fue aprobada en el año 2009. Por lo tanto, para el año 2012, solamente se mantiene la excepcionalidad para los niños de 5 años que fueron matriculados en el aula de 2 años en el 2009 y cuentan con el código del estudiante, puesto que no hay retroactividad de las normas.
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