En el caso de la UNT, la Sunedu está dispuesta a hacerla respetar como corresponde. Representante de institución, en entrevista con La Industria, deja sin piso decisiones que están fuera de la norma.
La Asamblea Universitaria Transitoria de la Universidad Nacional de Trujillo (UNT) decidió vacar al rector Orlando Gonzales Nieves, elegido por voto universal, y poner en su reemplazo, como rector interino a Segundo Seijas Velásquez. El secretario técnico de la Superintentencia Nacional de Educación Superior (Sunedu), Juan Silva Sologuren, indica que la decisión adoptada carece de validez legal.
-La Asamblea Universitaria Transitoria de la Universidad Nacional de Trujillo (UNT) decidió vacar al rector Orlando Gonzales Nieves, elegido por voto universal, y poner en su reemplazo como rector interino a Segundo Seijas Velásquez. ¿Cuál es la posición de la Sunedu al respecto?
Es buen señalar que las Asambleas Estatutarias, como es el caso de la UNT, no tienen facultades irrestrictas, tiene competencias para actuar como Asambleas Universitarias, pero dentro de un contexto de adecuación a la Nueva Ley Universitaria. En ese sentido, no se puede vacar a una autoridad, elegida por voto universal, a través de un órgano transitorio.
-¿Y por qué razón no tiene esa facultad?
Hay que aclarar que las Asambleas Universitarias recién se recomponen cuando culmina el proceso de elección de rectores, vicerrectores y decanos. Este proceso, tal como ya lo hemos indicado, no ha concluido en la Universidad Nacional de Trujillo, pues a través del proceso de voto universal, de acuerdo a la nueva ley, solo se han elegido al rector y a los vicerrectores.
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