Con
la soga al cuello. A dos años de pena privativa de la libertad de
carácter suspendida, fue condenado el titular de la Gerencia Regional de
Educación de La Libertad (Grell), Willard Loyola Quiroz.
El
funcionario es acusado por el delito de violación a la libertad de
trabajo en la modalidad de incumplimiento al mandato judicial, en
agravio de Yembi Nori Coronel Mejía, una ex trabajadora de dicha
dependencia del Gobierno Regional de La Libertad (GRLL).
Tal
sentencia fue dictada por el Sétimo Juzgado Penal Unipersonal de
Trujillo, que preside la juez Liliana Janet Rodríguez Villanueva.
EL TEMA.
Según la resolución N° 5, emitida por dicho juzgado el último 30 de
julio, en la parte expositiva sobre los hechos y circunstancias objeto
de la acusación, se precisa a la letra que: "Se reincorpore a la
demandante (Yembi Coronel Mejía) en el cargo de técnico en computación
que venía desempeñando al momento de la transgresión de sus derechos
laborales (...)".
Cabe precisar que en la declaración testimonial
de Coronel Mejía, la denunciante señala que "hubo una interrupción en su
trabajo por despido arbitrario, entre siete y ocho meses, manifestando
que hizo un juicio para que se reincorporara nuevamente en su centro de
trabajo", se lee.
"Asímismo, indica que desde el 2005 al 2007 en la modalidad de servicios no personales contratada como técnico en el área de
Resoluciones,
Actas y Títulos, y que todo dependía de la Oficina de Trámite
Documentario, dependiendo de la Dirección Regional de Educación de La
Libertad - ex Direll (ahora Grell), fue reincorporada mediante medida
cautelar, pero la mandaron al área de almacén no siendo las labores para
un técnico", se acota.
CONTRA ORTEGA CHOZ. Entre
otros aspectos, la demandante manifestó "que el señor Ortega
(refiriéndose al ex titular de la Grell, Juan Ortega Choz), ordenó que
la mandaran a almacén cuando él (Ortega) tenía el cargo de gerente.
Indica que dejó de percibir remuneración en los meses de enero, febrero,
marzo y abril del 2011, porque se opuso a firmar un contrato de CAS,
cuando ella no debería ser contratada en dicha modalidad".
En tal
sentido, Ortega Choz, en su condición de titular de la Grell, fue quien
habría dejado dicho "saldo" a la nueva gestión, en este caso, la que
ahora encabeza Willard Loyola, el mismo que acaba de ser sentenciado por
no cumplir con un mandato judicial que ordenaba reponer a la mencionada
trabajadora de la Grell.
SUJETO A REGLAS. Por tal
situación, tal como dictamina el Sétimo Juzgado Unipersonal de
Trujillo, al funcionario se le dictaminó que debe estar sujeto a las
siguientes reglas de conducta: a) A no volver a cometer nuevo delito
doloso; b) A reparar el daño causado a la víctima consistente en cumplir
con reponer a la agraviada en el cargo que le corresponde por mandato
judicial, c) El pago de la reparación civil ascendiente a S/. 1,000
nuevos soles (mil soles) dentro del término de 30 días; d) A concurrir a
firmar al local del juzgado de ejecución cada 30 días y dar cuenta de
sus actividades; e) A no cambiar de domicilio sin previo aviso al
juzgado.
Todo ello, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 59 inciso 3 del Código Penal.
OTRO ANTECEDENTE. Sin embargo, dicha sentencia contra Loyola Quiroz podría traerle otras nuevas consecuencias, e incluive hasta más severas.
Ello,
debido a que el pasado seis de junio de este año, el mismo Sétimo
Juzgado Unipersonal de Trujillo, con resolución N° 7, emitió un fallo en
el que precisa que a Willard Loyola, acusado como autor de la comisión
del delito contra la administración pública, desobediencia y resistencia
a la autoridad en agravio del Estado, se le reserve el fallo
condenatorio por el plazo de un año, a condición de que cumpla con
algunas reglas de conducta, entre ellas, se cita que Loyola Quiroz "no
(debe) cometer nuevo delito doloso". En conclusión, dicho acápite viene a
ser el mismo que se aprecia en uno de los incisos del anterior
documento judicial mencionado al inicio; en consecuencia, el funcionario
del gobierno regional podría afrontar una nueva acusación que lo
complicaría más en el cargo que hoy ostenta.
Cabe
mencionar que la medida de reserva del fallo condenatorio en favor de
Loyola Quiroz fue porque éste aceptó ser responsable de los hechos
atribuidos y los cargos en contra de Lilette Villavicencio Palacios, a
quien no se le reconoció el pago de crédito de devengado por concepto de
remuneración.
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