A través de un decreto supremo, el Gobierno
oficializó el incremento de la bonificación para gastos escolares y
dispuso el pago de escolaridad de 400 nuevos soles para los funcionarios
del sector público.
El Decreto Supremo 01-2015 establece que el bono no será afectado por descuentos de carga fiscal.
El bono por escolaridad será percibido por los funcionarios,
servidores nombrados y contratados bajo el régimen legislativo 276,
obreros permanentes y eventuales, personal de la Fuerzas Armadas y la
Policía Nacional.
REQUISITOS PARA EL BONO
La norma indica que tienen derecho a recibir el beneficio los trabajadores que laboren hasta la fecha de vigencia de
la presente norma, en uso de descanso vacacional, de licencia con goce
de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley de
Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Asimismo, serán beneficiados quienes cuenten con una antigüedad no menor de tres meses en el centro laboral. Si no tuviera tres meses, el beneficio se abona en forma proporcional a los meses laborados.
En el caso del Magisterio, el bono se otorga a los
docentes con jornada laboral completa. Los servidores comprendidos en
regímenes de carrera propia que laboran a tiempo parcial o jornada
incompleta, el bono es de aplicación proporcional a su similar que
labora a tiempo completo.
El bono no será recibido por personas contratas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS).
No hay comentarios:
Publicar un comentario