LRM PERMITIRÍA CONTRATAR OTROS PROFESIONALES PARA SECUNDARIA Y EDUCACIÓN TECNICO PRODUCTIVA
Segundo párrafo del artículo 75 de la norma deja abierta esta posibilidad, que la Ley anterior no lo permitía.
El presidente de la Comisión de Educación del Congreso, Daniel Mora
resaltó hoy que la Ley de Reforma Magisterial deja abierta la
posibilidad para que se contraten, de manera excepcional, a otros
profesionales distintos a la pedagogía, para enseñar en Secundaria de
Educación Básica Regular (EBR) y Educación Técnico Productiva (ETP).
Estoy totalmente de acuerdo que en Educación Inicial y Primaria se
privilegie la pedagogía para formar al estudiante, pero en la Secundaria
debe darse también prioridad a la especialidad, comentó
Daniel Mora citó como ejemplo el caso europeo, donde dijo, los colegios
cuentan con expertos en pedagogía que supervisan las clases dictadas por
profesionales de otra especialidad.
Recordó que con la Ley anterior (CPM), un profesor como León Trahtemberg
no podía enseñar en un colegio del Estado porque no tiene título
pedagógico, pese a tener grado de Magister en Ingeniería mecánica y en
otras especialidades.
Por su parte, José Antonio Caro Meléndez, asesor de la Alta Dirección
del Ministerio de Educación, señaló que la ley permite que en los casos
en que pudiera presentarse carencia de profesores de la especialidad de
EBR y ETP, se contraten a profesionales de otras carreras, lo cual no
vulnera el derecho de los docentes.
El segundo párrafo del artículo 75 de la LRM dice: “Excepcionalmente
pueden ejercer la docencia bajo la modalidad de contrato en el nivel
secundario de Educación Básica Regular y de Educación Técnica
Productiva, profesionales de otras disciplinas y con experiencia
reconocida en áreas afines a su especialidad u oficio...”
Caro Meléndez subrayó el carácter excepcional de esta posibilidad por
cuanto existe un banco de profesores de Secundaria con título
pedagógico.
Estos y otros aspectos de la LRM serán aclarados en el reglamento de la
ley que debe ser elaborado dentro de los 90 días posteriores a la
promulgación de la Ley de Reforma Magisterial.
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