martes, 28 de octubre de 2014

Ley Universitaria: Declaran cese definitivo de Asamblea Nacional de Rectores

Ministerio de Educación advirtió que el ejercicio indebido de las funciones de la ANR generará responsabilidad civil, penal y/o administrativa.

 Ley Universitaria: Declaran cese definitivo de Asamblea Nacional de Rectores
En estricto cumplimiento de la Ley Universitaria , el grupo de trabajo encargado del cierre de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) acordó disponer el cese definitivo de diversos órganos de esa institución, incluyendo el Consejo Nacional para la Autorización y Funcionamiento de Universidades (Conafu ).
La medida alcanza al pleno de la ANR, a su comisión de Coordinación Interuniversitaria, al Fondo Editorial, a la Oficina de Comunicaciones, a los comités consultivos de desarrollo universitario, a los comités especiales, a los consejos regionales interuniversitarios, así como al Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios (Codacun).
También cesarán definitivamente sus funciones las direcciones generales de Desarrollo Académico, de Investigación Universitaria, de Calidad Universitaria, de Relaciones Internacionales y Cooperación, así como de Universidad y Empresa.
Esta decisión, informa el Ministerio de Educación, fue adoptada en concordancia con la Séptima Disposición Complementaria Transitoria de la norma (Ley N° 30220) y la Resolución Ministerial N° 354-2014-Minedu, que facultan al grupo de trabajo a limitar progresivamente las funciones de la ANR.
La creación del Grupo de Trabajo encargado de desactivar la ANR y el Conafu fue autorizada vía resolución ministerial. Está integrado por el viceministro de Gestión Pedagógica, Flavio Figallo Rivadeneyra, quien lo presidirá; así como por Graciela Porras Gabriel, por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; y el presidente de la ANR o un representante.
Dicho ministerio advirtió que el ejercicio indebido de las funciones de los órganos mencionados de la ANR generará responsabilidad civil, penal y/o administrativa.
Agregó que, conforme a las sentencias del Tribunal Constitucional N° 017-2008-PI y N° 019-2011-PI, el Conafu no se encuentra autorizado a funcionar incluso antes de la entrada en vigencia de la Ley Universitaria, la cual derogó su norma de creación. Por lo tanto, el acuerdo del grupo de trabajo de cesar sus funciones reafirma esos mandatos legales.
De otra parte, el grupo ha adoptado medidas administrativas respecto al cierre presupuestal de la ANR. Así, en el tiempo que le queda antes de su extinción, contará con recursos solo para cumplir con los compromisos presupuestales ya adquiridos, quedando imposibilitada de asumir nuevos gastos.

 

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